El Fundamento de Todo Contrato de Trabajo
Para que exista una relación laboral, la ley peruana exige la presencia simultánea de tres elementos esenciales. Si estos se cumplen, la realidad se impone sobre cualquier documento.
Prestación Personal
El servicio debe ser realizado por el trabajador mismo, de manera directa y personal.
Subordinación
El trabajador está bajo la dirección del empleador, quien fiscaliza, dirige y sanciona. Este es el elemento clave.
Remuneración
El trabajador recibe un pago como contraprestación por los servicios que presta.
Los Dos Caminos de la Contratación
Regla vs. Excepción
La legislación laboral peruana prioriza la estabilidad. Por ello, el contrato a plazo indeterminado es la regla general. Los contratos modales (a plazo fijo) son la excepción y deben estar debidamente justificados.
Contrato a Plazo Indeterminado
Es la modalidad principal. No tiene fecha de fin y puede ser verbal o escrito. Brinda máxima estabilidad al trabajador.
Contratos Sujetos a Modalidad
Son temporales y excepcionales. Deben ser por escrito y justificar claramente la causa de su temporalidad (ej. una necesidad de mercado, una obra específica).
Plazos Máximos en Contratos Modales
Los contratos temporales tienen límites estrictos para evitar su uso indebido. Superar estos plazos o no justificar la causa puede "desnaturalizar" el contrato, convirtiéndolo en indefinido.
El Riesgo de la Desnaturalización
Ocurre cuando se utiliza un contrato temporal o civil para encubrir una relación laboral permanente. La consecuencia es clara: el contrato se convierte en uno a plazo indeterminado con todos sus derechos.
Causas Comunes
- ›Contratar para labores permanentes.
- ›No especificar la causa objetiva en el contrato.
- ›Continuar trabajando tras el fin del plazo.
- ›Simular un contrato civil (locación de servicios) cuando hay subordinación.
Consecuencia Directa
El contrato se convierte en uno a Plazo Indeterminado, reconociendo todos los beneficios laborales desde el inicio de la relación.
Derechos Fundamentales del Trabajador
Vacaciones
30 días pagados al año.
CTS
Compensación por Tiempo de Servicios.
Gratificaciones
En julio y diciembre.
Utilidades
Participación en las ganancias.
Seguro de Salud
Afiliación a EsSalud o EPS.
Fondo de Pensiones
Aportes a ONP o AFP.
Asig. Familiar
Si se tienen hijos menores.
Protección
Contra despido arbitrario.