Regímenes Laborales

La relación contractual entre trabajadores y empleadores se rige por un régimen laboral que define claramente los derechos y deberes de ambas partes. Conocer este régimen es esencial para garantizar que se cumplan las normas laborales vigentes, protegiendo a los trabajadores de posibles abusos y asegurando que reciban beneficios como vacaciones, aguinaldo, seguridad social y condiciones de trabajo dignas. Asimismo, permite a los empleadores cumplir con sus obligaciones legales y establecer un ambiente laboral equilibrado y transparente. Por ello, la adecuada comprensión del régimen laboral facilita la resolución de conflictos y fortalece la estabilidad y equidad en el ámbito laboral.
Para el trabajador, saber identificar el régimen al que está adscrito le permite exigir el cumplimiento de la normativa correspondiente y evitar abusos o incumplimientos por parte del empleador. Asimismo, en caso de conflictos laborales, podrá recurrir de manera precisa a los mecanismos legales de su régimen para resolverlos.
Para el empleador, conocer las particularidades del régimen laboral bajo el cual contrata a sus trabajadores, le permite aplicar correctamente las normas establecidas, cumplir con sus obligaciones, exigir el desarrollo diligente de las labores encomendadas, y actuar de manera justa frente a sus empleados.
En conclusión, el conocimiento del régimen laboral por parte de ambas partes fomenta una relación transparente y un vínculo contractual equilibrado, donde se protegen los derechos de los trabajadores y trabajadores por igual. Esto crea las condiciones necesarias para un ambiente de trabajo positivo y productivo.
Introducción a los regímenes laborales en Perú
El sistema laboral peruano se estructura en diversos regímenes especiales diseñados para adaptarse a las particularidades de cada sector económico y garantizar tanto la protección de los trabajadores como la competitividad empresarial. Estos marcos legales regulan aspectos como jornadas laborales, beneficios sociales, remuneraciones y condiciones de trabajo, atendiendo a las demandas específicas de cada actividad. A continuación, se detallan algunos de los principales regímenes vigentes:
- Régimen Laboral Agrario
Descripción: Dirigido a trabajadores dedicados a actividades agrícolas, agroindustriales y pecuarias. Incluye normas especiales para jornadas laborales adaptadas a condiciones climáticas, pagos en especie (como alimentación o vivienda), beneficios diferenciados según temporalidad (permanentes o eventuales) y facilidades tributarias para promover la inversión y formalización en el sector.
Base legal: Ley 31110 (Ley del Régimen Laboral Agrario) y Decreto Supremo N° 005-2021-MIDAGRI. - Régimen Laboral de Construcción Civil
Descripción: Aplicable a trabajadores dedicados a obras de construcción, reparación y mantenimiento de infraestructura civil. Establece condiciones laborales específicas, tales como remuneraciones superiores, pago semanal obligatorio, bonificaciones especiales según categoría laboral, régimen de seguridad social especial y normas estrictas sobre seguridad y salud ocupacional.
Base legal: Decreto Legislativo N° 727 - Régimen Laboral Portuario
Descripción: Dirigido a trabajadores que desempeñan actividades portuarias como estiba, desestiba, almacenamiento y manipulación de mercancías en puertos nacionales. Establece jornadas laborales flexibles, remuneraciones diferenciadas, bonificaciones específicas por productividad y normas especiales para la prevención de riesgos ocupacionales propios del sector portuario.
Base legal: Ley 27866 (Ley del Trabajo Portuario) - Régimen Laboral del Trabajador Pesquero
Descripción: Aplicado a trabajadores que laboran en embarcaciones pesqueras y plantas de procesamiento industrial. Regula condiciones laborales específicas como jornadas continuas en alta mar, descansos especiales tras campañas pesqueras, remuneraciones adaptadas a la productividad y normas especiales para garantizar la seguridad y salud ocupacional debido al alto riesgo del trabajo pesquero.
Base legal: Ley Nº 25977, Ley 30003 (Ley del Régimen Laboral Pesquero) y Decreto Supremo N° 024-2025-TR. - Régimen Laboral del Trabajador Minero
Descripción: Específico para trabajadores de empresas mineras, considerando el alto riesgo y esfuerzo físico de la actividad minera. Contempla beneficios laborales especiales, remuneraciones superiores al régimen común, jornadas atípicas (acumulativas), cobertura integral en salud ocupacional y medidas estrictas en prevención y seguridad en el trabajo.
Base legal: Ley N.° 27651, Decreto Supremo N° 014-92-EM y Convenio Colectivo Minero vigente. - Régimen L aboral de Trabajadores Lustradores de Calzado
Descripción: Dirigido a trabajadores independientes dedicados al lustrado de calzado en espacios públicos. Establece condiciones laborales mínimas, busca fomentar la formalización, ofrece protección social básica y permite el reconocimiento legal de su actividad como oficio.
Base legal: Ley N° 27475 (Ley del Trabajador Lustrador de Calzado) y su reglamento Decreto Supremo N° 006-2002-TR. - Régimen Laboral de Guardianes y Porteros
Descripción: Orientado específicamente a trabajadores dedicados a labores de vigilancia y control en edificios residenciales, comerciales o industriales. Contempla normas especiales para horarios nocturnos, descansos obligatorios, beneficios laborales mínimos garantizados y condiciones específicas relacionadas a la seguridad ocupacional.
Base legal: Decreto Supremo N° 009-2010-TR. - Régimen Laboral del Futbolista Profesional
Descripción: Destinado específicamente a futbolistas profesionales que desempeñan actividades deportivas en clubes de fútbol profesionales. Regula aspectos contractuales especiales, transferencia de jugadores, remuneraciones adecuadas al mercado deportivo, seguros especiales y beneficios previsionales considerando la breve duración de su carrera deportiva.
Base legal: Ley N° 26566 (Ley del Futbolista Profesional).
El siguiente cuadro muestra los principales regímenes laborales que se aplican en nuestro medio y detallamos mejor los beneficios con los que cuentan.
Régimen laboral | Características | Beneficios |
Microempresa | Empresas con hasta 10 trabajadores.ventas anuales de hasta 150 UIT. | Remuneración no menor a la mínima vital, Jornada laboral de trabajo de 8 horas diarias o 48 horas semanales, Descanso semanal obligatorio de 24 horas consecutivas, Derecho a refrigerio de mínimo 45 minutos, Vacaciones remuneradas de 15 días calendario, Feriados establecidos en el régimen laboral común, Ser asegurado a un sistema de salud (SIS o EsSalud), Ser afiliado al sistema pensionario de su elección (ONP o AFP), En caso de despido arbitrario, tiene derecho a una indemnización equivalente a 10 remuneraciones diarias por cada año completo de servicio, con un tope de 90 remuneraciones diarias. |
Pequeña empresa | Empresas con hasta 100 trabajadores. ventas anuales de hasta 1700 UIT. | Remuneración no menor a la mínima vital, Jornada laboral de trabajo de 8 horas diarias o 48 horas semanales, Descanso semanal obligatorio de 24 horas consecutivas, Derecho a refrigerio de mínimo 45 minutos, Vacaciones remuneradas de 15 días calendario, Feriados establecidos en el régimen laboral común, Ser asegurado a un sistema de salud (SIS o EsSalud), Ser afiliado al sistema pensionario de su elección (ONP o AFP), Recibir gratificación en julio y diciembre equivalente a media remuneración cada una, Recibir CTS equivalente a 15 remuneraciones diarias por año de trabajo, con un tope máximo de 90 remuneraciones diarias, Ser asegurado al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, en caso de realizar trabajos de alto riesgo, Seguro Vida Ley, Licencias por salud, pre y postnatal, paternidad, entre otras, En caso de despido arbitrario, tiene derecho a una indemnización equivalente a 20 remuneraciones diarias por cada año completo de servicio, con un tope de 120 remuneraciones diarias, Participación de las Utilidades de la Empresa |
Mediana y Gran Empresa | Empresas con más de 100 trabajadores, la Mediana empresa debe tener ventas anuales superiores a 1700 UIT y hasta el monto máximo de 2300 UIT | Derecho a remuneración mínima vital, Jornada laboral de trabajo de 8 horas diarias o 48 horas semanales, Descanso semanal obligatorio de 24 horas consecutivas, Derecho a refrigerio de mínimo 45 minutos, Vacaciones por 30 días calendario, por cada año de trabajo completo, Licencia prenatal y post natal, más una hora diaria (por un año) para dar de lactar al bebé, Derecho a pago por vacaciones truncas, Ser afiliado al sistema pensionario de su elección (ONP o AFP), Dos gratificaciones anuales, Compensación por Tiempos de Servicio , Ser asegurado al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, en caso de realizar trabajos de alto riesgo, 0, Licencias por salud, pre y postnatal, paternidad, entre otras, Indemnización por despido arbitrario , Asignación familiar, equivalente al 10% de la Remuneración Mínima Vital, cuando tenga a su cuidado niños menores de 18 años, y hasta los 24 años, en el caso de que el hijo esté cursando estudios superiores, Participación de las Utilidades de la empresa. |